Los derechos de los sindicatos minoritarios en el marco de la negociación colectiva desde la perspectiva de los órganos de control de la OIT y su proyección en la legislación nacional /
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires : Thomson Reuters La Ley, 2025.
- p. 40-45
Cita Online: AR/DOC/3134/2024.
Sumario: I. La negociación colectiva como derecho exclusivo en la jurisprudencia de la CS.— II. Los derechos de los sindicatos minoritarios en el marco de la negociación colectiva.— III. La crítica de los sindicatos sin personería gremial al fallo "Ademus".— IV. El voto del juez Horacio Rosatti.— V. Conclusiones.
¿Te interesa el texto completo? Solicitalo al correo: koha@justierradelfuego.gov.ar
DERECHO LABORAL
ASOCIACIONES SINDICALES
NEGOCIACION COLECTIVA
Cita Online: AR/DOC/3134/2024.
Sumario: I. La negociación colectiva como derecho exclusivo en la jurisprudencia de la CS.— II. Los derechos de los sindicatos minoritarios en el marco de la negociación colectiva.— III. La crítica de los sindicatos sin personería gremial al fallo "Ademus".— IV. El voto del juez Horacio Rosatti.— V. Conclusiones.
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NEGOCIACION COLECTIVA
