Boleso, Héctor Hugo
El proceso laboral sin perspectiva de género no garantiza derechos fundamentales de la mujer trabajadora / Héctor Hugo Boleso. - Ciudad Autónoma de Buenos Aires : Albremática, 2021. - 1 recurso en línea (9 p.).
Doctrina de elDial.com.
Cita Digital: DC2F4D.
El sistema del patriarcado es una costumbre histórica; tuvo un comienzo y tendrá un final. Parece que su época ya toca fin; ya no es útil ni a hombres ni a mujeres, y con su vínculo inseparable con el militarismo, la jerarquía y el racismo, amenaza la existencia de vida sobre la tierra. Gerda Lerner
Sumario: I. Introducción. II. El caso D. III. El caso S. IV. Conclusiones.
“D. y S. fueron «víctimas» de hechos de violencia, en razón de su labor. Acoso laboral, robo con armas y despido, respectivamente. Cuando aquellas acudieron a Tribunales, sólo una parte de sus derechos fue reconocida. Los fallos citados omitieron aplicar la perspectiva de género. Juezas y jueces laborales en particular, deben capacitarse constante y permanentemente en derechos humanos y género. Para que, en la praxis diaria, con valor y decisión, se hagan operativas la equidad y paridad. El Sistema judicial se lo debe a D., a S. y a tantas «víctimas» como ellas.”
Si te interesa el texto completo, solicitalo a: koha@justierradelfuego.gov.ar
PERSPECTIVA DE GÉNERO
DERECHO LABORAL
DERECHOS DE LA MUJER
IGUALDAD ANTE LA LEY
IGUALDAD DE GÉNERO
El proceso laboral sin perspectiva de género no garantiza derechos fundamentales de la mujer trabajadora / Héctor Hugo Boleso. - Ciudad Autónoma de Buenos Aires : Albremática, 2021. - 1 recurso en línea (9 p.).
Doctrina de elDial.com.
Cita Digital: DC2F4D.
El sistema del patriarcado es una costumbre histórica; tuvo un comienzo y tendrá un final. Parece que su época ya toca fin; ya no es útil ni a hombres ni a mujeres, y con su vínculo inseparable con el militarismo, la jerarquía y el racismo, amenaza la existencia de vida sobre la tierra. Gerda Lerner
Sumario: I. Introducción. II. El caso D. III. El caso S. IV. Conclusiones.
“D. y S. fueron «víctimas» de hechos de violencia, en razón de su labor. Acoso laboral, robo con armas y despido, respectivamente. Cuando aquellas acudieron a Tribunales, sólo una parte de sus derechos fue reconocida. Los fallos citados omitieron aplicar la perspectiva de género. Juezas y jueces laborales en particular, deben capacitarse constante y permanentemente en derechos humanos y género. Para que, en la praxis diaria, con valor y decisión, se hagan operativas la equidad y paridad. El Sistema judicial se lo debe a D., a S. y a tantas «víctimas» como ellas.”
Si te interesa el texto completo, solicitalo a: koha@justierradelfuego.gov.ar
PERSPECTIVA DE GÉNERO
DERECHO LABORAL
DERECHOS DE LA MUJER
IGUALDAD ANTE LA LEY
IGUALDAD DE GÉNERO