02435nab a22003017a 4500999001500000003000400015005001700019008004100036040000700077100002200084245007900106260007300185300001300258500007500271505129700346505008901643650003501732650001801767650001501785650004001800650003401840650003301874650003101907650002001938650002001958773014201978942001302120 c6352d6352OSt20260131193604.0190603e xxum|||| |||| 00| 0 spa d cPJ 97008aAbbas, Ana 10aSuspensión de la cobertura por mora en el pago de la prima /cAna Abbas. cCiudad Autónoma de Buenos Aires :aThomson Reuters La Ley, b2025. ap. 57-65 aCita: TR LALEY AR/DOC/2900/2025 Publicado en: RCCyC 2025 (Diciembre). aSumario: I. Introducción.— II. Fundamento legal y contractual de la suspensión de la cobertura por falta de pago de la prima.— III. El hecho técnico ínsito en la actividad aseguradora. La suspensión de la cobertura por falta de pago oportuno de la prima como consecuencia de la técnica aseguradora.— IV. La suspensión de la cobertura por falta de pago de la prima no requiere interpelación judicial o extrajudicial alguna ni constitución en mora.— V. La "costumbre" de pago fuera de los vencimientos no implica novación sobre el contrato ni modifica las disposiciones de la ley.— VI. El pago tardío de la prima reactiva para el futuro la cobertura suspendida.— VII. La tenencia de una constancia de seguro obligatorio automotor no acredita cobertura financiera.— VIII. Preminencia de la Ley de Seguros sobre la Ley de Defensa del Consumidor. Criterio de la CS.— IX. Las cláusulas generales y particulares del contrato de seguro no son cláusulas predispuestas por la aseguradora.— X. La cláusula de cobranza del premio y su incidencia en la relación precio-servicio. Consecuente imposibilidad de declararla abusiva.— XI. La función social del seguro obligatorio automotor. Su correcto entendimiento. Criterio de la CS.— XII. Conclusiones.  t¿Te interesa el texto completo? Solicitalo al correo: koha@justierradelfuego.gov.ar 091497aCODIGO CIVIL Y COMERCIAL 091921aSEGUROS 092725aMORA 092600aLEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR 092608aDERECHOS DEL CONSUMIDOR 093951aDEBER DE INFORMACIÓN 0aOBLIGACIONES DEL ASEGURADO 0aASEGURADO94314 0aPRIMA DE SEGURO0 0271393170dCiudad Autónoma de Buenos Aires : Thomson Reuters La Ley, 2015-tRevista Código Civil y Comercial. Nº 6 - Diciembre 2025 2udccANA