01661nab a22002297a 4500003000400000005001700004008004100021040001100062100002000073245008200093260007300175300001300248500015400261505066900415505008901084650003001173650002401203650001601227650002001243650002301263773014501286OSt20250218123248.0190603e xxum|||| |||| 00| 0 spa d cPJ-TDF aMoreno, Valeria10aVigencia del nominalismo. Deuda dineraria y deuda de valor /cValeria Moreno. cCiudad Autónoma de Buenos Aires :aThomson Reuters La Ley, b2024. ap. 33-41 aCita: TR LALEY AR/DOC/1981/2024. Publicado en: R.C.C. y C. 2024 (Septiembre-Octubre). EDICIÓN ESPECIAL: XXIX Jornadas Nacionales de Derecho Civil. aSumario: I. La deuda dineraria.— II. El principio nominalista.— III. La ley de convertibilidad del austral y la reafirmación del principio nominalista.— IV. La obligación de valor y la depreciación monetaria en plena vigencia del principio nominalista.— V. Una vez liquidada la deuda de valor, ¿la deuda continúa con esa naturaleza o se transforma en deuda dineraria? Debate doctrinario.— VI. Toma de posición del art. 772 del Cód. Civ. y Com.— VII. El planteo de inconstitucionalidad del art. 7° de la Ley de Convertibilidad. La doctrina y la postura de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires en un reciente fallo.  t¿Te interesa el texto completo? Solicitalo al correo: koha@justierradelfuego.gov.ar 0aACTUALIZACIÓN MONETARIA 0aECONOMIA Y FINANZAS 0aINFLACIÓN 0aCONVERTIBILIDAD 0aCONSTITUCIONALIDAD0 02713dCiudad Autónoma de Buenos Aires : Thomson Reuters La Ley, 2015-tRevista Código Civil y Comercial. Nº 5 - Septiembre-Octubre 2024