Garantía sobre propias acciones : ¿por qué no? (Despejando la "x" del art. 222 LGS) / Augusto Van Thienen.
Por: Van Thienen, P. Augusto
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Tipo de material:
ArtículoEditor: Thomson Reuters La Ley, 2025. Ciudad Autónoma de Buenos AiresDescripción: p. 247-256.Tema(s): CODIGO CIVIL Y COMERCIAL
Contenidos:
En: Revista Código Civil y Comercial. Nº 5 - Octubre 2025
Sumario: I. Introducción.— II. Contexto actual de la prohibición.— III. Función de la prohibición y supletoriedad normativa.— IV. Repensando el art. 222 LGS.— V. Garantía sobre acciones propias: ¿por qué no?— VI. La garantía desde la perspectiva del conflicto de interés.— VII. La "prohibición" solo devenga responsabilidad.— VIII. Fideicomiso de garantía sobre acciones propias.— IX. La prenda de acciones en el Cód. Civ. y Com.— X. Mis conclusiones.
¿Te interesa el texto completo? Solicitalo al correo: koha@justierradelfuego.gov.ar
| Tipo de ítem | Ubicación actual | Signatura | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Biblioteca Poder Judicial Sur | 347(05) 26.994 REV (Navegar estantería) | Disponible |
Cita: TR LALEY AR/DOC/2273/2025
Publicado en: RCCyC 2025 (Octubre).
Sumario: I. Introducción.— II. Contexto actual de la prohibición.— III. Función de la prohibición y supletoriedad normativa.— IV. Repensando el art. 222 LGS.— V. Garantía sobre acciones propias: ¿por qué no?— VI. La garantía desde la perspectiva del conflicto de interés.— VII. La "prohibición" solo devenga responsabilidad.— VIII. Fideicomiso de garantía sobre acciones propias.— IX. La prenda de acciones en el Cód. Civ. y Com.— X. Mis conclusiones.
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