Lo que no dice el Código Civil y Comercial (ni necesita decir) / Luis F. P. Leiva Fernández.
Por: Leiva Fernandez, Luis F. P
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Tipo de material:
ArtículoEditor: Ciudad Autónoma de Buenos Aires : Thomson Reuters La Ley, 2025Descripción: p. 5-15.Tema(s): CODIGO CIVIL Y COMERCIAL
Contenidos:
En: Revista anales de legislación argentina. Nº 8 - Agosto 2025
Sumario: I. Los 10 años del Código Civil y Comercial de la Nación.— II. El aporte científico.— III. La importancia de las fuentes.— IV. Las decisiones que se deben tomar al legislar derecho privado.— V. Lo que no es necesario decir. La autonomía de la voluntad.— VI. Sobre la reiteración de las normas principales del derecho del consumo.— VII. Lo que no es necesario decir. Las instituciones de aplicación extendida.— VIII. Lo que no es necesario decir. El tema de las señas.— IX. Lo que no es necesario decir. Los contratos reales. Lo no regulado no está prohibido.
¿Te interesa el texto completo? Solicitalo al correo: koha@justierradelfuego.gov.ar
| Tipo de ítem | Ubicación actual | Signatura | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Biblioteca Poder Judicial Sur | 340.130(05) REV (Navegar estantería) | Disponible |
Cita Online: TR LALEY AR/DOC/1801/2025.
Sumario: I. Los 10 años del Código Civil y Comercial de la Nación.— II. El aporte científico.— III. La importancia de las fuentes.— IV. Las decisiones que se deben tomar al legislar derecho privado.— V. Lo que no es necesario decir. La autonomía de la voluntad.— VI. Sobre la reiteración de las normas principales del derecho del consumo.— VII. Lo que no es necesario decir. Las instituciones de aplicación extendida.— VIII. Lo que no es necesario decir. El tema de las señas.— IX. Lo que no es necesario decir. Los contratos reales. Lo no regulado no está prohibido.
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