Sucesiones en sede notarial en la República Argentina / Carlos M. D´Alessio.
Por: D´Alessio, Carlos M.
Tipo de material: ArtículoEditor: Thomson Reuters La Ley, 2023. Ciudad Autónoma de Buenos AiresDescripción: p. 5-14.Tema(s): SUCESIONES | CODIGO CIVIL Y COMERCIAL | HEREDEROS | HERENCIA | TESTAMENTOS
Contenidos:
En: Revista Código Civil y Comercial. Nº 2 - Abril 2023
Sumario: I. Introducción.— II. La sucesión mortis causa.— III. El proceso sucesorio.— IV. La declaratoria de herederos.— V. La aprobación del testamento.— VI. La investidura de la calidad de heredero.— VII. La aceptación de la herencia.— VIII. Conclusión respecto del trámite judicial de una sucesión no contenciosa.— IX. Funciones propias del notariado según la ley notarial.— X. Las actas de notoriedad.— XI. Reforma legislativa.— XII. Ventajas de la sucesión en sede notarial.— XIII. Conclusiones.
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Tipo de ítem | Ubicación actual | Signatura | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Publicaciones Periódicas | Biblioteca Poder Judicial Sur | 347(05) 26.994 REV (Navegar estantería) | Disponible |
Cita Online: TR LALEY AR/DOC/479/2023.
Sumario: I. Introducción.— II. La sucesión mortis causa.— III. El proceso sucesorio.— IV. La declaratoria de herederos.— V. La aprobación del testamento.— VI. La investidura de la calidad de heredero.— VII. La aceptación de la herencia.— VIII. Conclusión respecto del trámite judicial de una sucesión no contenciosa.— IX. Funciones propias del notariado según la ley notarial.— X. Las actas de notoriedad.— XI. Reforma legislativa.— XII. Ventajas de la sucesión en sede notarial.— XIII. Conclusiones.
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