Cuidado personal unilateral y derecho de comunicación / Ana Clara Ahargo.
Por: Ahargo, Ana Clara.
Tipo de material: ArtículoEditor: Thomson Reuters La Ley, 2020. Ciudad Autónoma de Buenos AiresDescripción: p. 102-106.Tema(s): CODIGO CIVIL Y COMERCIAL | DERECHO DE FAMILIA | DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES | RESPONSABILIDAD PARENTAL | INTERES SUPERIOR DEL NIÑO | MENORES
Contenidos:
En: Revista Código Civil y Comercial. Nº 6 - Julio 2020
Sumario: I. Hechos del caso.— II. ¿Cuidado personal compartido o unilateral?— III. El interés del progenitor y el interés superior del niño.— IV. Derecho de comunicación con el progenitor no conviviente.— V. Palabras finales.
Fallo comentado: CJ SALTA ~ 16/12/2019 ~ P. T., M. B. C. V., L. D. S/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD.
¿Te interesa el texto completo? Solicitalo al correo: koha@justierradelfuego.gov.ar
Tipo de ítem | Ubicación actual | Signatura | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Publicaciones Periódicas | Biblioteca Poder Judicial Sur | 347(05) 26.994 REV (Navegar estantería) | Disponible |
Cita Online: AR/DOC/566/2020.
Sumario: I. Hechos del caso.— II. ¿Cuidado personal compartido o unilateral?— III. El interés del progenitor y el interés superior del niño.— IV. Derecho de comunicación con el progenitor no conviviente.— V. Palabras finales.
Fallo comentado: CJ SALTA ~ 16/12/2019 ~ P. T., M. B. C. V., L. D. S/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD.
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