Garay, Oscar Ernesto
Necesidad de una Ley de calidad en la atención de la salud y de seguridad de los y las pacientes / Oscar Ernesto Garay. - Ciudad Autónoma de Buenos Aires : Thomson Reuters La Ley, 2024. - p. 3-48
Cita Online: TR LALEY AR/DOC/1530/24.
Sumario: I. Introducción.— II. La finalidad de alcanzar la calidad y la seguridad en la atención sanitaria.— III. Marco normativo para la calidad en salud y la seguridad del/de la paciente.— IV. Ética y bioética. Antecedentes acerca de la calidad en la atención de la salud y sobre la seguridad del / de la paciente. Políticas de la OMS/OPS.— V. Planteando objetivos en post de la calidad y seguridad en salud.— VI. Filosofía de la ley. Principios.— VII. Calidad de la atención sanitaria.— VIII. Seguridad de la atención sanitaria. Seguridad de pacientes.— IX. Ámbito de aplicación de la "Ley Nicolás".— X. El equipo de salud.— XI. De las instituciones prestadoras del servicio de salud.— XII. De los registros.— XIII. Acerca de la notificación de eventos adversos.— XIV. La creación del Registro Unificado de Eventos Centinela (RUDEC).— XV. La autoridad de aplicación de la "Ley Nicolás". Funciones.— XVI. Final. ¿Te interesa el texto completo? Solicitalo al correo: koha@justierradelfuego.gov.ar
DERECHO A LA SALUD
BIOÉTICA
CODIGO CIVIL Y COMERCIAL
ASISTENCIA MÉDICA
TRATAMIENTO MÉDICO
DERECHOS HUMANOS
MÉDICOS
PROYECTO DE LEY
Necesidad de una Ley de calidad en la atención de la salud y de seguridad de los y las pacientes / Oscar Ernesto Garay. - Ciudad Autónoma de Buenos Aires : Thomson Reuters La Ley, 2024. - p. 3-48
Cita Online: TR LALEY AR/DOC/1530/24.
Sumario: I. Introducción.— II. La finalidad de alcanzar la calidad y la seguridad en la atención sanitaria.— III. Marco normativo para la calidad en salud y la seguridad del/de la paciente.— IV. Ética y bioética. Antecedentes acerca de la calidad en la atención de la salud y sobre la seguridad del / de la paciente. Políticas de la OMS/OPS.— V. Planteando objetivos en post de la calidad y seguridad en salud.— VI. Filosofía de la ley. Principios.— VII. Calidad de la atención sanitaria.— VIII. Seguridad de la atención sanitaria. Seguridad de pacientes.— IX. Ámbito de aplicación de la "Ley Nicolás".— X. El equipo de salud.— XI. De las instituciones prestadoras del servicio de salud.— XII. De los registros.— XIII. Acerca de la notificación de eventos adversos.— XIV. La creación del Registro Unificado de Eventos Centinela (RUDEC).— XV. La autoridad de aplicación de la "Ley Nicolás". Funciones.— XVI. Final. ¿Te interesa el texto completo? Solicitalo al correo: koha@justierradelfuego.gov.ar
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CODIGO CIVIL Y COMERCIAL
ASISTENCIA MÉDICA
TRATAMIENTO MÉDICO
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