Leiva, Claudio Fabricio
El deber de seguridad en el contrato de transporte y las eximentes de responsabilidad : el aporte de la perspectiva del derecho del consumo / Claudio Fabricio Leiva. - Thomson Reuters La Ley, 2023. Ciudad Autónoma de Buenos Aires : - p. 175-184
Cita Online: TR LALEY AR/DOC/2044/2023.
Sumario: I. Objetivos del presente comentario.— II. La plataforma fáctica y jurídica del caso.— III. Los argumentos de la sentencia de Cámara.— IV. El impacto del microsistema de protección del consumidor: un revitalizado diálogo de fuentes en la convergencia de las normas especiales, el Cód. Civ. y Com. y la Constitución Nacional.— V. Una delimitación de la noción de deber de seguridad y su aplicación en el ámbito del derecho del consumo.— VI. La obligación de seguridad en el contrato de transporte en el régimen del Cód. Civil ya derogado y en el esquema del Cód. Civ. y Com.— VII. A modo de cierre conclusivo: el deber de seguridad en las relaciones de consumo, el principio protectorio y la interpretación restrictiva de las eximentes reforzada a través del diálogo de fuentes de las normas aplicables al caso. Fallo comentado: CNCiv., sala A ~ 05/05/2023 ~ Brea, Gustavo c. Metrovías SA s/ daños y perjuicios. ¿Te interesa el texto completo? Solicitalo al correo: koha@justierradelfuego.gov.ar
RESPONSABILIDAD CIVIL
DAÑOS Y PERJUICIOS
DEFENSA DEL CONSUMIDOR
ACCIDENTE FERROVIARIO
CODIGO CIVIL Y COMERCIAL
El deber de seguridad en el contrato de transporte y las eximentes de responsabilidad : el aporte de la perspectiva del derecho del consumo / Claudio Fabricio Leiva. - Thomson Reuters La Ley, 2023. Ciudad Autónoma de Buenos Aires : - p. 175-184
Cita Online: TR LALEY AR/DOC/2044/2023.
Sumario: I. Objetivos del presente comentario.— II. La plataforma fáctica y jurídica del caso.— III. Los argumentos de la sentencia de Cámara.— IV. El impacto del microsistema de protección del consumidor: un revitalizado diálogo de fuentes en la convergencia de las normas especiales, el Cód. Civ. y Com. y la Constitución Nacional.— V. Una delimitación de la noción de deber de seguridad y su aplicación en el ámbito del derecho del consumo.— VI. La obligación de seguridad en el contrato de transporte en el régimen del Cód. Civil ya derogado y en el esquema del Cód. Civ. y Com.— VII. A modo de cierre conclusivo: el deber de seguridad en las relaciones de consumo, el principio protectorio y la interpretación restrictiva de las eximentes reforzada a través del diálogo de fuentes de las normas aplicables al caso. Fallo comentado: CNCiv., sala A ~ 05/05/2023 ~ Brea, Gustavo c. Metrovías SA s/ daños y perjuicios. ¿Te interesa el texto completo? Solicitalo al correo: koha@justierradelfuego.gov.ar
RESPONSABILIDAD CIVIL
DAÑOS Y PERJUICIOS
DEFENSA DEL CONSUMIDOR
ACCIDENTE FERROVIARIO
CODIGO CIVIL Y COMERCIAL
