000 01976nab a22002297a 4500
003 OSt
005 20190710081951.0
008 190705e xxu||||| |||| 00| 0 spa d
040 _cPJ-TDF
100 _94226
_aGarrote, Ángel Fermín (h.)
245 1 3 _aEl principio de buena fe en el Código Civil y Comercial y su proyección en el proceso /
_cÁngel Fermín Garrote (h).
300 _ap. 167-194
505 _a1. Introducción. 2. Marco conceptual dogmático de la tutela de evidencia. La doctrina argentina. El régimen brasilero. 2.1. La doctrina argentina. 2.2. El régimen brasilero. Sistema anterior del artículo 273 (CPC, 1973) y el actual artículo 311 del CPC sancionado en 2015. 3. La acción preventiva en el CCCN: unificación de tutela material y procesal. 4. El caos conceptual sobre la teoría cautelar y las tutelas materiales. La solución: pensar sistemáticamente. 4.1. Deslinde conceptual de la tutela anticipada como sistema cautelar. 5. ¿Se puede aplicar la tutela de evidencia en el sistema jurídico argentino? 5.1. Cuándo hay peligro en la demora o urgencia. Urgencia con evidencia. 5.2. Supuesto bajo hipótesis: proceso de conocimiento en el cual no existe urgencia ni peligro. 6. La tutela de evidencia estructurada como acción preventiva. Presupuestos y condiciones. El factor tiempo como daño. 6.1. Términos legales del proceso: ¿Un plazo razonable? 6.2. El abuso del derecho mediante la utilización de los términos legales. 6.3. Articulación sustancial-procesal entre tutela de evidencia y acción preventiva. 7. Conclusiones.
505 _t¿Te interesa el texto completo?
505 _asolicitalo a koha@justierradelfuego.gov.ar
650 0 _9267
_aDERECHO PROCESAL
650 0 _91497
_aCODIGO CIVIL Y COMERCIAL
650 0 _91051
_aMEDIDAS CAUTELARES
650 0 _94707
_aBUENA FE
773 0 _03114
_93254
_dSanta Fe : Rubinzal-Culzoni, 2017.
_oPP6071
_tRevista de derecho procesal :
_z9789873007675
942 _2udc
_cANA
999 _c3291
_d3291