El interrogatorio libre de los testigos y la prohibición de formular preguntas sugestivas o indicativas. Una limitación que debe ser reinterpretada y debidamente calibrada en el Proyecto de Código Procesal Civil y Comercial de la Nación / Ramón Abellaneda.
Por: Abellaneda, Román.
Tipo de material: ArtículoEditor: Ciudad Autónoma de Buenos Aires : Thomson Reuters La Ley, 2021Descripción: p. 5-16.Tema(s): CODIGO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL | AUDIENCIA | TUTELA JUDICIAL EFECTIVA
Contenidos:
En: Revista anales de legislación argentina. Nº 3 - Marzo 2021
I. A modo de introducción.— II. Declaración de personas (testigos, peritos, partes).— III. Psicología del testimonio.— IV. Forma del interrogatorio de los testigos.— V. El art. 261 del Proyecto de Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Necesidad de una corrección.— VI. Conclusión.
Si te interesa el texto, comunicate: koha@justierradelfuego.gov.ar
Tipo de ítem | Ubicación actual | Signatura | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Publicaciones Periódicas | Biblioteca Poder Judicial Sur | 340.130(05) REV (Navegar estantería) | Disponible |
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I. A modo de introducción.— II. Declaración de personas (testigos, peritos, partes).— III. Psicología del testimonio.— IV. Forma del interrogatorio de los testigos.— V. El art. 261 del Proyecto de Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Necesidad de una corrección.— VI. Conclusión.
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