Alimentos en el derecho sucesorio / Eduardo A. Sambrizzi.
Por: Sambrizzi, Eduardo A.
Tipo de material: ArtículoEditor: Ciudad Autónoma de Buenos Aires : Thomson Reuters La Ley, 2019Descripción: p. 81-90.Tema(s): CODIGO CIVIL Y COMERCIAL | SUCESIONES | ALIMENTOS | DEBER DE ASISTENCIA ENTRE CÓNYUGES
Contenidos:
En: Revista de derecho de familia y de las personas. Nº 11 - Diciembre 2019
Sumario: I. Introducción.— II. El legado de alimentos.— III. La exclusión del indigno para suceder al causante por no haberle suministrado los alimentos debidos.— IV. Lo abonado por alimentos no se debe colacionar.— V. La obligación alimentaria de los herederos del excónyuge alimentante.— VI. Conclusiones.
Tipo de ítem | Ubicación actual | Signatura | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Publicaciones Periódicas | Biblioteca Poder Judicial Sur | 347.61(05) REV (Navegar estantería) | Disponible | DF 50 |
Cita Online: AR/DOC/3244/2019.
Sumario: I. Introducción.— II. El legado de alimentos.— III. La exclusión del indigno para suceder al causante por no haberle suministrado los alimentos debidos.— IV. Lo abonado por alimentos no se debe colacionar.— V. La obligación alimentaria de los herederos del excónyuge alimentante.— VI. Conclusiones.
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