Criminología y medios alternos de solución de conflictos / Jorge Alberto Pérez Tolentino.
Por: Pérez Tolentino, Jorge Alberto.
Tipo de material: ArtículoEditor: Thomson Reuters La Ley, 2022. Ciudad Autónoma de Buenos AiresDescripción: p. 156-164.Tema(s): DERECHO PENAL | DELITOS | CRIMINOLOGÍA | MÉTODOS ALTERNATIVOS DE SOLUCION DE CONFLICTOSTipo de ítem | Ubicación actual | Signatura | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Publicaciones Periódicas | Biblioteca Poder Judicial Sur | 343+343.9(05) REV (Navegar estantería) | Disponible |
Cita: AR/DOC/578/2022.
Sumario: I. Resumen.— II. Introducción.— III. Delito y sociedad.— IV. Delito y formas de solución.— V. Medios alternos de solución de conflictos.— VI. Definición de medios alternos de solución de conflictos en materia penal.— VII. Clasificación de medios alternos de solución de conflictos.— VIII. El tercero en los medios alternos de solución de conflictos.— IX. Entidades que no permiten la participación de especialistas privados en medios de solución de conflictos penales.— X. Entidades que permiten la participación de especialistas privados en medios de solución de conflictos penales.— XI. Entidades federativas que son específicas en la licenciatura que debe tener el especialista o facilitador externo.— XII. Entidades federativas que mencionan de manera enunciativa la licenciatura que debe tener el especialista o facilitador externo.— XIII. Entidades federativas que requieren que el especialista o facilitador externo tenga profesión.— XIV. Entidades federativas que no establecen como requisito que el especialista o facilitador tenga profesión.— XV. El criminólogo como especialista en los medios alternos de solución de conflictos en materia penal.— XVI. Conclusiones.— XVII. Referencias bibliográficas.
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