La guarda de hecho en la adopción. Análisis del art. 611 del Código Civil y Comercial de la Nación: ¿es preciso modificar la norma? / Elena Mendoza.
Por: Mendoza, Elena.
Tipo de material: ArtículoEditor: Thomson Reuters La Ley, 2020. Ciudad Autónoma de Buenos AiresTema(s): CODIGO CIVIL Y COMERCIAL | DERECHO DE FAMILIA | DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES | ADOPCIÓN | MENORES | GUARDA DEL MENOR | DERECHO COMPARADO
Contenidos:
En: Revista Código Civil y Comercial. Nº 4 - Mayo 2020
Sumario: I. La entrega directa de niños y niñas como práctica social a comienzo del siglo XX.— II. El instituto de la adopción en los países de Europa.— III. Guarda de hecho en las leyes de adopción de la Argentina.— IV. Palabras finales.
¿Te interesa el texto completo? Solicitalo al correo: koha@justierradelfuego.gov.ar
Tipo de ítem | Ubicación actual | Signatura | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Publicaciones Periódicas | Biblioteca Poder Judicial Sur | 347(05) 26.994 REV (Navegar estantería) | Disponible |
Cita Online: AR/DOC/1043/2020.
Sumario: I. La entrega directa de niños y niñas como práctica social a comienzo del siglo XX.— II. El instituto de la adopción en los países de Europa.— III. Guarda de hecho en las leyes de adopción de la Argentina.— IV. Palabras finales.
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