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Prohibición de trabajo y suspensiones concertadas (art. 223 bis, LCT) en el marco de la emergencia sociolaboral provocada por la pandemia COVID-19 / Juan Ignacio Orsini.

Por: Orsini, Juan Ignacio.
Tipo de material: ArtículoArtículoEditor: Buenos Aires : Rubinzal Culzoni, 2020Descripción: 23 p.Tema(s): DERECHO LABORAL | PANDEMIA | CORONAVIRUS | EMERGENCIA SANITARIA | AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO | CONTRATO DE TRABAJO | SUSPENSION DEL CONTRATO DE TRABAJO | DERECHOS DEL TRABAJADOR
Contenidos:
En el presente artículo el autor analiza algunas de las medidas adoptadas por el Estado para atenuar las consecuencias socio-laborales provocadas por la emergencia derivada del COVID-19. Tras efectuar una reseña general sobre las distintas normas sancionadas con esa finalidad, se detiene particularmente a indagar acerca de la compatibilidad entre las medidas orientadas a garantizar la continuidad de los ingresos salariales en favor de los trabajadores a los que se prohibió trabajar en virtud del aislamiento obligatorio (at. 8, DNU 297/2020), con aquéllas otras que habilitaron a las partes del contrato de trabajo a pactar suspensiones concertadas en los términos del art. 223 bis de la LCT (art. 3, DNU 329/2020, Res. 397/2020). Finalmente, se proponen alternativas jurídicas para que los trabajadores vean efectivamente garantizado el cobro íntegro de sus ingresos mientras dure el aislamiento.
Sumario: I. Introducción. II. Aislamiento obligatorio, prohibición de trabajo y derecho al cobro íntegro del salario en el DNU 297/2020. III. Suspensiones unilaterales o concertadas por causas económicas. IV. Articulación entre las normas de emergencia que prohíben trabajar y suspender unilateralmente y las que habilitan las suspensiones concertadas. IV.1. Articulación temporal entre las normas que prohíben trabajar y las que habilita las suspensiones concertadas. IV.2. Concurrencia conflictiva entre las normas que prohíben trabajar con derecho a salarios y las que habilitan suspender vía art. 223 bis, LCT. V. Los principios y reglas de la teoría general del Derecho del Trabajo como herramientas para cuestionar las reducciones salariales impuestas por vía del art. 223 bis de la LCT. VI. Herramientas jurídicas a disposición del trabajador para cuestionar los acuerdos que reducen salarios.
¿Te interesa el texto completo? Comunicate al correo: koha@justierradelfuego.gov.ar
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Cita: RC D 2316/2020. Tomo: 2020 2 Año 2020-2. Revista de Derecho Laboral Actualidad.

En el presente artículo el autor analiza algunas de las medidas adoptadas por el Estado para atenuar las consecuencias socio-laborales provocadas por la emergencia derivada del COVID-19. Tras efectuar una reseña general sobre las distintas normas sancionadas con esa finalidad, se detiene particularmente a indagar acerca de la compatibilidad entre las medidas orientadas a garantizar la continuidad de los ingresos salariales en favor de los trabajadores a los que se prohibió trabajar en virtud del aislamiento obligatorio (at. 8, DNU 297/2020), con aquéllas otras que habilitaron a las partes del contrato de trabajo a pactar suspensiones concertadas en los términos del art. 223 bis de la LCT (art. 3, DNU 329/2020, Res. 397/2020). Finalmente, se proponen alternativas jurídicas para que los trabajadores vean efectivamente garantizado el cobro íntegro de sus ingresos mientras dure el aislamiento.

Sumario:
I. Introducción. II. Aislamiento obligatorio, prohibición de trabajo y derecho al cobro íntegro del salario en el DNU 297/2020. III. Suspensiones unilaterales o concertadas por causas económicas. IV. Articulación entre las normas de emergencia que prohíben trabajar y suspender unilateralmente y las que habilitan las suspensiones concertadas. IV.1. Articulación temporal entre las normas que prohíben trabajar y las que habilita las suspensiones concertadas. IV.2. Concurrencia conflictiva entre las normas que prohíben trabajar con derecho a salarios y las que habilitan suspender vía art. 223 bis, LCT. V. Los principios y reglas de la teoría general del Derecho del Trabajo como herramientas para cuestionar las reducciones salariales impuestas por vía del art. 223 bis de la LCT. VI. Herramientas jurídicas a disposición del trabajador para cuestionar los acuerdos que reducen salarios.

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