Comentario a la ley 27.486 / Augusto H. L. Arduino.
Por: Arduino, Augusto H. L.
Colaborador(es): Argentina. Leyes, decretos, etc. Ley nº 27.486.
Tipo de material: ArtículoDescripción: p. 21-24.Tema(s): COOPERATIVA DE CREDITO | SEGUROS | LEGISLACION APLICABLERecursos en línea: Texto completo de Legislación comentada : LEY 27.486Tipo de ítem | Ubicación actual | Signatura | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Publicaciones Periódicas | Biblioteca Poder Judicial Sur | 340.130(05) REV (Navegar estantería) | Disponible |
Cita Online: AR/DOC/334/2019
Análisis normativo.
La ley 27.486 establece una contribución extraordinaria sobre el capital de las cooperativas y mutuales de ahorro, de crédito y/o financieras, de seguros y/o reaseguros que se aplicará en todo el territorio de la Nación y que regirá por los cuatro primeros ejercicios fiscales que se inicien a partir del 1º de enero de 2019, quedando excluidas como sujetos obligados las mutuales que tengan por objeto principal la realización de actividades de seguro de responsabilidad civil de vehículos automotores destinados al transporte público de pasajeros y las ART-Mutual, resultando sus alícuotas de los términos del art. 10 de la norma.
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