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¿Es "federal" nuestro Código Penal? / Verónica Bilczyk.

Por: Bilczyk, Verónica.
Tipo de material: ArtículoArtículoEditor: Ciudad Autónoma de Buenos Aires : Thomson Reuters La Ley, 2018Descripción: p. 16-44.Tema(s): DERECHO PENAL | CODIGO PENAL | SISTEMA FEDERAL
Contenidos:
Publicado en Nº 10 - Octubre 2018.
I. A modo de introducción.— II. Sobre el federalismo y las notas salientes de esta forma de Gobierno.— III. Sobre el Código Penal argentino. Análisis a la luz de la forma federal de Gobierno.— IV. Conclusión. Respuesta al interrogante planteado. Análisis del Código Penal Argentino —y legislación procesal penal de la provincia de Buenos Aires— a la luz de la forma de Gobierno Federal y, fundamentalmente, de conformidad con lo estatuido en el Preámbulo y en los arts. 1º, 5°, 28, 31, 75 inc. 12, 116, 121, 122, 123 y 126 de la CN. Ello así, en pos de responder al interrogante propuesto en torno —fundamentalmente— a las normas del Código de Fondo Nacional que en materia penal fuera instrumentado en nuestra República como facultad delegada por las provincias a la Nación.
En: Revista de derecho penal y criminología
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Tipo de ítem Ubicación actual Signatura Estado Fecha de vencimiento Código de barras
Publicaciones Periódicas Publicaciones Periódicas Biblioteca Poder Judicial Sur
343+343.9(05) REV (Navegar estantería) Disponible

Publicado en Nº 10 - Octubre 2018.

I. A modo de introducción.— II. Sobre el federalismo y las notas salientes de esta forma de Gobierno.— III. Sobre el Código Penal argentino. Análisis a la luz de la forma federal de Gobierno.— IV. Conclusión. Respuesta al interrogante planteado.

Análisis del Código Penal Argentino —y legislación procesal penal de la provincia de Buenos Aires— a la luz de la forma de Gobierno Federal y, fundamentalmente, de conformidad con lo estatuido en el Preámbulo y en los arts. 1º, 5°, 28, 31, 75 inc. 12, 116, 121, 122, 123 y 126 de la CN. Ello así, en pos de responder al interrogante propuesto en torno —fundamentalmente— a las normas del Código de Fondo Nacional que en materia penal fuera instrumentado en nuestra República como facultad delegada por las provincias a la Nación.

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