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Custet Llambi, María R.

Medidas privativas de libertad en el sistema penal juvenil : estándares internacionales de derechos humanos / María R. Custet Llambi. - p. 3525-3569

I. Introduccion
II. Justicia especializada —comprendida en la Garantía de Jurisdiccionalidad— (CADH, art. 5.5; CIDN, art. 40, inc. 3º; Reglas de Beijing, Regla 2.3; Directrices de Riad, Directriz 52; Directrices de Acción sobre el niño en el sistema de justicia penal, Directrices 13.d y 14.a y d)
III. Aplicación de Salidas Alternativas a la reacción punitiva estatal clásica (CIDN, art. 40.3.b(72); Reglas de Beijing, Regla 11; Reglas de Tokio, Reglas 2.3 y 2.5; Directrices de Riad, Directrices 5, 6 y 58, y Directrices de Acción sobre el niño en el sistema de justicia penal, Directriz 15)
IV. Excepcionalidad de la Privación de Libertad a los adolescentes durante el proceso (CIDN, art. 37.b; Reglas de Beijing, Reglas 13 y 19)
V. Acceso a asistencia letrada por medio de un abogado defensor de confianza (CIDN, art. 40.2.b.ii; Reglas de Beijing, Reglas 7 y 15; Directrices de Acción sobre el niño en el Sistema de Justicia Penal, Directriz 16)
VI. Acceso a información adecuada (CIDN, art. 40.2.b.ii; Reglas de Beijing, Reglas 7, 14.2 y 15.1; Directrices de Acción sobre el niño en el Sistema de Justicia Penal, Directriz 16)
VII. Derecho a la intimidad (CIDN, arts. 40, 3.b.vii; Reglas de Beijing, Regla 8.1, 21.1; Reglas de Tokio, Regla 12)
VIII. A modo de cierre


DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
PROTECCION INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
RÉGIMEN PENAL DE LA MINORIDAD
MENOR PRIVADO DE LIBERTAD
MENORES

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